Alan García promulgó la Ley de devolución de aportes al Fonavi
La norma será publicada este miércoles en el diario oficial “El Peruano”. En el caso de la entrega de dinero la comisión Ad hoc encargada deberá priorizar a los fonavistas mayores de 60 años
El presidente de la República, Alan García, promulgó esta tarde la Ley de devolución del dinero del Fonavi a los contribuyentes, informó Palacio de Gobierno a través de su cuenta en Twitter. Según la información, la norma será publicada mañana en el diario oficial “El Peruano”.
La ley dispone que se devuelva a todos los trabajadores que contribuyeron al Fonavi el total actualizado de sus aportes que fueron descontados de sus remuneraciones. Asimismo, que se abone a favor de cada trabajador los aportes de sus respectivos empleadores, el Estado y otros en la proporción que les corresponda debidamente actualizados.
Una comisión Ad Hoc se encargará de efectuar todos los procedimientos establecidos para cumplir con lo señalado en el proceso de liquidaciones, la determinación del valor total actualizado de aportes y derechos a devolver a cada beneficiario a través del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y
Derechos del Fonavista.
SEIS MODALIDADES DE DEVOLUCIÓN
El reglamento de la ley se elaborará en un tiempo no mayor de 60 días, y será atribución de la comisión Ad Hoc y en este se determinará las seis modalidades de devolución: devoluciones en viviendas de interés social, en terrenos urbanizados de interés social, en efectivo, en bonos, en compensaciones tributarias y en pagos compensatorios de deudas.
La devolución efectiva a través de las referidas modalidades se iniciará de acuerdo a un cronograma de entrega durante un periodo de 8 años. El inicio de la devolución será declarado por la comisión que deberá priorizar a los fonavistas mayores de 60 años. Continuarán en orden de prelación los fonavistas mayores de 50 a 60 años y en tercer orden los menores a 50 años.
La norma promulgada por el jefe de Estado también lleva las firmas del presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Hugo Sivina Hurtado y el titular del Consejo de Ministros, José Antonio Chang.
Fuente: Diario El Comercio
La ley dispone que se devuelva a todos los trabajadores que contribuyeron al Fonavi el total actualizado de sus aportes que fueron descontados de sus remuneraciones. Asimismo, que se abone a favor de cada trabajador los aportes de sus respectivos empleadores, el Estado y otros en la proporción que les corresponda debidamente actualizados.
Una comisión Ad Hoc se encargará de efectuar todos los procedimientos establecidos para cumplir con lo señalado en el proceso de liquidaciones, la determinación del valor total actualizado de aportes y derechos a devolver a cada beneficiario a través del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y
Derechos del Fonavista.
SEIS MODALIDADES DE DEVOLUCIÓN
El reglamento de la ley se elaborará en un tiempo no mayor de 60 días, y será atribución de la comisión Ad Hoc y en este se determinará las seis modalidades de devolución: devoluciones en viviendas de interés social, en terrenos urbanizados de interés social, en efectivo, en bonos, en compensaciones tributarias y en pagos compensatorios de deudas.
La devolución efectiva a través de las referidas modalidades se iniciará de acuerdo a un cronograma de entrega durante un periodo de 8 años. El inicio de la devolución será declarado por la comisión que deberá priorizar a los fonavistas mayores de 60 años. Continuarán en orden de prelación los fonavistas mayores de 50 a 60 años y en tercer orden los menores a 50 años.
La norma promulgada por el jefe de Estado también lleva las firmas del presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Hugo Sivina Hurtado y el titular del Consejo de Ministros, José Antonio Chang.
Fuente: Diario El Comercio
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